Qué es el '75% de servicio mínimo' que se discute en cada paro aeroportuario, y de dónde sale
La Ley 27.802 declaró a la aeronáutica comercial servicio esencial y obliga a cubrir al menos el 75% de la operación durante un paro. Es la norma que está en el centro del conflicto ATE-ANAC y va a reaparecer en cualquier próximo paro aeroportuario.
Por Redacción
En cada capítulo del conflicto entre ATE y la ANAC de las últimas dos semanas aparece el mismo número: el Gobierno exige que un paro en los aeropuertos garantice el 75% del servicio. Ese porcentaje no lo inventó esta disputa puntual: sale del artículo 24 de la Ley 25.877, reformado por la Ley 27.802 —la ley de modernización laboral, vigente desde marzo de 2026—, que definió a la aeronáutica comercial como servicio esencial. Esa categoría es la que obliga a cubrir una cobertura no inferior al 75% de la prestación normal durante cualquier medida de fuerza, y es distinta de la que rige para otras actividades como el transporte terrestre o la banca, con un piso menor.
Qué significa para el viajero
Que la próxima vez que un gremio aeroportuario anuncie un paro, la pregunta no va a ser si hay o no garantía de vuelos: legalmente la tiene que haber, y en un piso alto. Lo que sí puede volver a discutirse —como pasó este 3 de septiembre— es qué cuenta como el 75%: el Gobierno mide el porcentaje sobre el total de vuelos programados, mientras que ATE sostuvo en el último conflicto que su obligación se limita a los vuelos sanitarios, humanitarios, de traslado de órganos y oficiales. Esa diferencia de interpretación es la que deja a un pasajero de un vuelo de cabotaje común sin certeza absoluta durante las franjas de protesta, aun cuando la ley exija un servicio mínimo alto.
Qué hacer
- Si tu vuelo cae en una fecha con paro aeroportuario anunciado, no te alcanza con saber que "hay servicio mínimo del 75%": confirmá con la aerolínea si tu vuelo puntual está entre los que van a operar.
- La ANAC es la autoridad que fiscaliza el cumplimiento del porcentaje; si un vuelo se cae fuera de lo que la propia intimación garantizaba, es la aerolínea la que tiene que ofrecer reprogramación sin cargo.
- Guardá el número de vuelo y el horario: si hay disputa sobre si se cumplió o no el mínimo legal, esos datos son la base de cualquier reclamo posterior.
Contexto
La Ley 27.802 se promulgó en marzo de 2026 y trajo cambios más amplios al régimen laboral; la clasificación de la aeronáutica comercial como servicio esencial es una de sus consecuencias puntuales para el turismo. El conflicto ATE-ANAC de septiembre es el primer test público de esta clasificación aplicada a un paro real, y todavía no está resuelto: al cierre de esta nota, ATE había ratificado que retoma el paro completo en 27 aeropuertos el lunes 7 de septiembre si el Gobierno no convocaba antes una audiencia para definir el alcance exacto del servicio mínimo.
Para el estado actualizado de un paro puntual, la fuente a consultar es directamente la aerolínea o los canales oficiales de la ANAC.
Fuentes
- Aviacionline — 'La declaración de esencialidad entra en juego y presiona las medidas de fuerza en los aeropuertos argentinos' (02/09/2026)
- Argentina.gob.ar — 'Asambleas ATE ANAC del 3 y 4 de septiembre: Se deberá cumplir el 75% de las prestaciones aéreas durante las franjas de medidas gremiales' (03/09/2026)
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